lunes, 26 de agosto de 2013

Abogada Silvia Buendia defensora de los DD.HH.


El buscar la igualdad de los derechos humanos es una necesidad imperiosa, pero los obstáculos que se encuentran en el camino hacia un objetivo, es lo que no conlleva a tratar temas tan serios como el matrimonio igualitario, ya que 15 países en el mundo ya han aprobado la legalidad de este derecho, en Ecuador aun se estudia la posibilidad de una aceptación mayoritaria y sus consecuencias.



Entre muchos grupos y asociaciones existen personas en busca de esa igualdad entre ellas la abogada Silvia Buendía defensora de los DD.HH. Guayaquileña tiene 45 años, graduada en la Universidad Católica Santiago de Guayaquil. Feminista y defensora de los derechos humanos Lgbti.  Se desempeña como directora de Fundación Vihda, que lucha por detener la epidemia de VIH/Sida en el Ecuador, brinda información y exámenes a madres embarazadas, contagiadas de VIH. Es miembro de la agrupación Diversxs que promueve los derechos civiles de la población Glbti del Ecuador y la región. Vocera de la RED Glbti Diversidad Ecuador en la campaña por la igualdad. Ella habla sobre este tema de interés público.



En el Ecuador aún hay discriminación a las personas Rugbi, ¿por qué?
 Dentro del imaginario social de nuestro país el estigma que pesa sobre la homosexualidad es todavía muy fuerte. Recordemos que hasta el año 97 las relaciones homosexuales consentidas entre adultos estaban penadas por la ley. Hace pocos años estamos viendo grupos Lgbti organizados luchando por sus derechos y reclamando contra el discrimen. Antes, esto era imposible. La homofobia no es algo que se cambie de un día para otro, a veces la consideramos una actitud normal e inofensiva.

¿Por qué algunas familias aún creen que la homosexualidad es una enfermedad?
Porque existe aún mucha gente irresponsable, ignorante y desinformada que difunde esto desde la plataforma que le dan los medios de comunicación del país. Y en esto tienen responsabilidad grupos religiosos que se hacen eco de esta idea de que se puede curar la homosexualidad. Líderes religiosos que incluso están involucrados en la existencia de estos centros de deshomosexualización.




¿Cuáles son las prácticas comunes de discriminación?
 Me llevaría demasiado tiempo y espacio enumerarlas. Van desde lo evidente, lo expreso, lo violento, como insultos, palizas, abusos, despidos, no contratación laboral o asesinato por ser Glbti; hasta la simple invisibilización. Ejemplo de esto último es cuando en los colegios les dan educación sexual a los jóvenes y no les informan que la sexualidad humana es diversa. ¿Cómo es el trato que un juez o fiscal brinda a una persona Lgbti que denuncia violencia o discriminación? El discrimen a las minorías sexuales es una violación a los derechos humanos y se denuncia en la Defensoría del Pueblo. Nosotros hemos tenido buena experiencia en esto. La Defensoría del Pueblo está permanentemente vigilante de estas violaciones. La sentencia al pastor Zavala por su discurso homofóbico fue otro éxito. Asimismo, el que dentro del proceso por el internamiento de Zulema Constante la Fiscalía esté imputando delito de odio contra los personeros de la clínica en la que estuvo secuestrada es seguir avanzando por esta misma vía que castiga el discrimen por orientación sexual.

¿Qué significaría para el país su matrimonio?
En primer lugar, debemos aclarar que no se busca el matrimonio por el matrimonio. El fin es derribar un prejuicio que discrimina injustificadamente a las parejas del mismo sexo y no les permite optar entre unión de hecho o matrimonio, como a las parejas heterosexuales. Las parejas homosexuales tienen que conformarse con una institución que en teoría tiene los mismos efectos, pero que no los tiene y perpetúa el estigma.


¿A qué derechos accedería una persona Glbti con el matrimonio igualitario?
 A la igualdad material y formal, y no discriminación de la que habla el art. 66, 4 de la Constitución. A no ser discriminada por su orientación sexual para ejercer un derecho, como establece el art. 11, 2. A casarse según su orientación sexual, del art. 66, 9 cuando dice "derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su sexualidad". 

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